Autorización BTP

27 junio 2009

3. Permiso, Licencia y Autorizaciones

Permiso de conducir

El permiso, licencia o carné de conducir es un documento que acredita una autorización administrativa que permite a su poseedor el manejo de vehículos por la vía pública.
Cualquier conductor deberá estar en posesión del permiso y llevarlo consigo cuando conduzca, aunque también es válido llevar una fotocopia del original debidamente compulsada, estando obligado a exhibirlo ante la autoridad o sus agentes cuando así lo soliciten.
Circular sin esta autorización, dará lugar a la inmovilización del vehículo manejado y a una denuncia por parte del Agente.

Reglamentación en España

Ø Validez
Si el permiso o licencia ha sido expedido en España, éste tendrá validez para toda la Unión Europea. Si se ha obtenido el permiso en otro país ajeno a la Unión Europea, se deberá canjear según su caso en la debida Jefatura de Tráfico provincial correspondiente.
Todo permiso o licencia tiene una fecha de validez máxima, llegada la cual el conductor deberá renovarla y realizar un examen psicotécnico (al igual que al obtener el permiso), del que dependerá la renovación del mismo, ya que evalúa si el conductor continúa estando capacitado físicamente para poder conducir.

Ø Licencia de Conducir y Permiso de Conducir
En España son documentos distintos. Licencia de Conducir española. Validez de 10 años.

Licencia
La licencia tan sólo permite el manejo, durante una vigencia limitada, de:
Ciclomotores de dos o tres ruedas cuya cilindrada no supere los 50 cm³, y Cuadriciclos ligeros cuya velocidad no sobrepase los 45 Km/h. La licencia de éstos vehículos tiene una vigencia de 10 años.
Vehículos para personas de movilidad reducida. (Mayor de 16 años cuando transporten viajeros)
Vehículos especiales autopropulsados agrícolas. (Mayor de 16 años)
La edad mínima para obtener esta licencia es de 14 años, siendo necesario ser mayor de edad para transportar pasajeros (desde Septiembre de 2008).
Hay que realizar 2 exámenes:
Examen teórico de 20 preguntas tipo test sobre circulación vial específico de licencias (de dificultad más reducida que el de los permisos).
Examen práctico en circuito cerrado. Establecido por ley desde Septiembre de 2008

Permiso
La posesión de un Permiso de Conducir acredita al titular el poder conducir vehículos de mayor potencia y peso. Poseer un Permiso de conducción anulará cualquier Licencia, ya que éste permite la conducción de los vehículos que acredita la Licencia.
El permiso de conducir se subdivide en clases. La clase regula el tipo de vehículo que autoriza a conducir.

Clases y condiciones del Permiso de conducir

A1

Edad mínima para obtenerlo: 16 años.
Habilita la conducción por la vía pública de:
Motocicletas ligeras SIN sidecar con:
-Cilindrada máxima de 125 cc.
-Potencia máxima de 11 kW (15 CV).
-Una relación potencia/masa no superior a 0,11 kW/kg.
Más los vehículos que se permite conducir con la Licencia.
Para obtenerlo, la ley exige aprobar 4 exámenes:
Teórico de circulación vial. Quedará exento de hacerlo si posee cualquier otro Permiso de más de un año de antigüedad.
Teórico específico de la clase A1.
Práctico en circuito cerrado.
Práctico en circulación abierta. Hasta septiembre de 2008, estaban exentos de realizar esta prueba quienes ya tuvieran en posesión cualquier otro Permiso de más de dos años de antigüedad. Ahora es obligatoria.

A

Edad mínima para obtenerlo: 18 años.
Habilita la conducción por la vía pública de:
Motocicletas, con o sin sidecar.
Vehículos de tres ruedas y cuadriciclos de motor concebidos para circular a más de 45 km/h, que tengan más de 50 cc y cuya masa en vacío no sobrepase los 550 kg.
La concesión de este permiso implica la capacidad de manejar vehículos que autorice la clase A1.
Existe una pequeña limitación. La autorización para conducir motocicletas con una potencia superior a 25 kW (34 CV) ó motocicletas con o sin sidecar con una relación potencia/masa superior a 0,16 kW/kg, estará supeditada a la adquisición de una experiencia mínima de 2 años en la conducción de motocicletas de características inferiores a las anteriormente indicadas, pero superiores a las motocicletas que autoriza conducir el permiso A1.
Para obtener esta clase, la ley exige aprobar 4 exámenes. Dos teóricos y dos prácticos:
Teórico de circulación vial. Quedará exento de hacerlo si posee cualquier otro Permiso de más de un año de antigüedad.
Teórico específico de motocicletas. Quedará exento de hacerlo si posee el permiso A1.
Práctico de maniobras (en circuito cerrado), dividido en dos circuitos de diferentes ejercicios cada uno: Uno de maniobras a elevada velocidad (que será necesario realizar en menos de 25 segundos) y otro de baja velocidad. Hasta septiembre de 2008 la prueba de maniobras consistía en un único circuito sin límite de tiempo.
Práctico de circulación (se realiza en la vía pública). Hasta septiembre de 2008, estaban exentos de realizar esta prueba quienes ya tuvieran en posesión cualquier otro Permiso de más de dos años de antigüedad. Ahora es obligatoria.

B

Edad mínima para obtenerlo: 18 años.
Habilita la conducción por la vía pública de:
Vehículos de tres ruedas y cuadriciclos de motor hasta 3500 kg de m.m.a. (masa máxima autorizada).
Automóviles cuya m.m.a. no exceda de 3500 kg y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no exceda de 9. Podrán llevar enganchado un remolque cuya m.m.a no exceda de 750 kg., siempre que la m.m.a. del conjunto no exceda los 3500 kg.
Conjunto de vehículos acoplados, compuestos por un automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque (superior a 750 kg de m.m.a) siempre que:
-La m.m.a. del conjunto no exceda los 3500 kg y,
-La m.m.a. del remolque no sea superior a la masa en vacío del vehículo al que está acoplado.
Las personas que estén en posesión del permiso de la clase B en vigor, con una antigüedad de 3 años, podrán conducir (en España) las motocicletas cuya conducción autoriza el permiso de la clase A1.
Para la conducción de vehículos que realicen transporte escolar o transporten materias peligrosas se precisará una autorización especial.
Para obtener esta clase, la ley exige aprobar 2 exámenes:
Teórico de circulación vial.
Práctico de circulación en vía pública.
La obtención de este permiso no implica la concesión del A1, A, BTP, C1, C, D1, D, E.

Vehículos agrícolas y vehículos especiales

Se requerirá el permiso de la clase B para conducir vehículos especiales no agrícolas o conjuntos de los mismos, cuya velocidad máxima autorizada no exceda de 40 km/h ó que transporte personas cuando el número de personas transportadas incluido el conductor no exceda de 9.
Los vehículos especiales agrícolas autopropulsados o conjuntos de los mismos, cuya masa o dimensiones máximas autorizadas no excedan de los límites establecidos para los vehículos ordinarios se podrán conducir con el permiso de la clase B, o con la licencia de conducción si el número de personas transportadas no es superior a 5, incluido el conductor.
Se requerirá permiso de la clase B cuando tengan una masa o dimensiones superiores a las indicadas anteriormente o que transporten a más de 5 personas sin exceder de 9, incluido el conductor.

B + E

Permite la conducción de conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kilogramos, siempre que el conjunto no pueda ser conducido con un permiso de la clase B.
No obstante hay que tener en cuenta que la Masa Máxima Remolcable del vehículo tractor, ha de ser superior a la Masa Máxima Autorizada del remolque.

C1

Edad mínima para obtenerlo: 18 años y ser titular del permiso B en vigor.
Habilita la conducción por la vía pública de:
Automóviles cuya masa máxima autorizada exceda de 3.500 kg y no sobrepase los 7.500 kg y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no exceda de nueve.
Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.
Será necesario realizar 3 exámenes:
Teórico de específico y mantenimiento del automóvil. Maniobras en circuito cerrado, compuesto de las maniobras de arranque en rampa, marcha atrás en curva, aproximación a muelle de carga y estacionamiento en línea. Circulación en via publica.
La obtención de este permiso no implica la concesión del A1, A, C, D1, D, E.
La obtención de este permiso implica la concesión del BTP.

C1 + E

Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase C1 y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto así formado no exceda de 12.000 kg y que la masa máxima autorizada del remolque no sea superior a la masa en vacío del vehículo tractor.

C

Edad mínima para obtenerlo: 21 años (18 en caso de tener Certificado de Aptitud Profesional) y ser titular de un permiso B en vigor.
Habilita la conducción por la vía pública de:
Automóviles cuya masa máxima autorizada exceda de 3.500 kg y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no exceda de nueve. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque o semiremolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.
Será necesario realizar 3 exámenes:
Teórico de especifico y mantenimiento del automóvil. (si el aspirante es titular del permiso C1 y tiene más de 21 años esta exento de esta prueba). Circuito cerrado, compuesto de las pruebas de arranque en rampa, marcha atrás en giro, estacionamiento en línea y aproximación en marcha atrás a muelle de carga. Circulación en vía publica.
La obtención de este permiso no implica la concesión del A1, A, D1, D, E.
La obtención de este permiso implica la concesión del C1 y BTP.

C + E

Conjuntos de vehículos acoplados, compuestos por un vehículo automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase C y un remolque o semiremolque ya sea ligero (igual o menor de 750kg.) o pesado (mayor de 750kg.)

D1

Edad mínima para obtenerlo: 21 años y ser titular del permiso B en vigor.
Habilita la conducción por la vía pública de:
Automóviles destinados al transporte de personas cuyo número de asientos, incluido el del conductor, sea superior a nueve y no exceda de diecisiete. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.
Será necesario realizar 3 exámenes:
Teórico específico. Maniobras en circuito cerrado, compuesto por las maniobras de arranque en rampa, marcha atrás en curva y estacionamiento en línea. (Si el aspirante es titular de un permiso de la clase C1 o C estará exento de estas pruebas). Circulación en vía publica.
La obtención de este permiso no implicará la concesión del A1, A, BTP, C1, C, D, E.

D1 + E

Conjunto de vehículos acoplados compuestos por un vehículo automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase D1 y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg siempre que:
- Por una parte, la masa máxima autorizada del conjunto formado no exceda de 12.000 kg y la masa máxima autorizada del remolque no sea superior a la masa en vacío del vehículo tractor.
- Por otra, que el remolque no se utilice para el transporte de personas.

D

Edad mínima para obtenerlo: 21 años y ser titular del permiso de la clase B en vigor.
Habilita la conducción por la vía pública de:
Automóviles destinados al transporte de personas cuyo número de asientos, incluido el del conductor, sea superior a nueve. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.
Trolebuses.
Será necesario realizar 3 exámenes:
Teórico específico. (Si el aspirante es titular del permiso D1 estará exento de esta prueba). Maniobras en circuito cerrado, compuesto por las maniobras de arranque en rampa, marcha atrás en curva y estacionamiento en línea. (Si el aspirante es titular de un permiso de la clase C estará exento de estas pruebas). Circulación en vía publica.
La obtención de este permiso no implica la concesión del A1, A, C1, C, E.
La obtención de este permiso implica la concesión del D1 y del BTP.

D + E

Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase D y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg.

E

Edad mínima para obtenerlo: 18 años para el B+E. 18 años para el C1+E y C+E con Certificado de Aptitud Profesional. 21 años para el D1+E, D+E, C1+E y C+E. Ser titular del permiso para el que se solicite el E.
Autoriza la conducción por vías publicas de conjuntos de vehículos formados por un remolque o semiremolque de más de 750Kg. de Masa Máxima Autorizada.
Se necesita realizar 3 exámenes:
Teórico especifico.
Maniobras en circuito cerrado, formado por las maniobras de arranque en pendiente ascendente, marcha atrás en curva, estacionamiento en línea, acoplamiento y dasacoplamiento de remolque o semiremolque y aproximación a muelle en marcha atrás.
Circulación en vía publica. Si el aspirante es titular de un permiso C1+E, D1+E o D+E y solicita el C+E esta exento de la prueba teórica. Si el aspirante es titular de un permiso C1+E y solicita el D1+E o D+E esta exento de la prueba teórica.
La obtención de los permisos:
C1+E, C+E, D1+E y D+E implica la concesión del B+E.
C1+E la del D1+E (solo si el titular posee el D1+E).
C+E la del C1+E y los D1+E y D+E (solo si el titular posee el D1 y D).
D1+E o C1+E la del C1+E (solo si el titular posee el C1).
La obtención del permiso:
D+E no concede la del C+E aunque el titular posea el C.
La del B+E, C1+E, C+E, D1+E y D+E no concede el A1 ni el A.

Autorización BTP

Edad mínima para obtenerlo: 18 años, ser titular del permiso de la clase B en vigor y tener un año de antigüedad en el permiso B (el año de antigüedad puede ser sustituido por un Certificado de Aptitud Profesional).
Habilita la conducción por la vía pública de:
Vehículos especiales.
Vehículos prioritarios.
Taxis.
Turismos de transporte escolar.
Turismos de alquiler con conductor.
Será necesario realizar 1 examen:
Teórico específico de 16 preguntas clase BTP.
(Antiguamente era necesario realizar otro examen más de Mecánica de Vehículos. La DGT decidió prescindir de éste examen en 2006).
La obtención de los permisos C1, C, D1 y D implican la concesión del permiso BTP.

El carnet por puntos

El 1 de Julio de 2006 entró en vigor el nuevo Permiso por puntos o Carné por puntos, con el que se pretende disminuir la siniestralidad. Cada conductor cuenta con doce puntos (los conductores noveles con ocho) que perderán gradualmente como consecuencia de las infracciones que cometan (de dos a seis puntos, según su gravedad). Si se pierden todos, el permiso pierde su validez por seis meses (un año si se reincide), y han de someterse a un nuevo examen. Los puntos pueden recuperarse parcialmente con cursos de sensibilización. Con tres años sin infracciones se recuperan todos. La ley no distingue a los conductores profesionales (camioneros, taxistas o conductores de autobús) de los demás.

2 comentarios:

  1. AUNQUE SEA 2012. GRACIAS. PENA QUE HALLA TAN POCA GENTE COMO TÚ.

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  2. Muchas gracias por el artículo, para más información sobre ensamblaje de autos ingresar a Blog automoción.

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